Según MITECO, de los 151 municipios españoles (incluidos los madrileños) que tenían la obligación de tener al menos una zona de bajas emisiones, solo 15 tienen al menos una ZBE en vigor, mientras que 28 aún está en la casilla de pendientes; el resto está en la fase de tramitación. Torrejón de Ardoz es uno de los pocos que sí están cumpliendo la normativa.
Diario de Torrejón habla con el alcalde de Torrejón sobre la cómo ha implementado la ciudad esta nueva normativa, en qué consiste y para quién es la prohibición.
La primera fase de la Zona de Bajas Emisiones contempla las 4 avenidas (avenida Virgen de Loreto, avenida Las Fronteras, avenida Constitución y calle Madrid) que son las que delimitan la zona centro y la Zona de Baja Emisiones se enmarca dentro de todo el interior que se encuentra adecuado para que se facilite el tránsito peatonal y disminuir la contaminación.
«La Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz está alineada con los objetivos de desarrollo sostenible como son lograr que las ciudades sean inclusivas, seguras, resilientes y sostenibles», explica Navarro.
«Esta ordenanza es coherente y complementa el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Torrejón de Ardoz, y el Plan de Calidad del Aire de Torrejón de Ardoz, ya que contribuye a alcanzar los objetivos de disminución de contaminantes y emisiones de gases de efecto invernadero», añade.
El primer edil explica que la Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz es el instrumento jurídico local que permitirá avanzar en el logro de los objetivos de la Agenda Urbana Española, en concreto el 5, ‘Favorecer la Proximidad y la Movilidad Sostenible’ y ‘Prevenir y reducir los impactos del cambio climático y mejorar la resiliencia’; y contribuye significativamente a lograr el reto estratégico: ‘Cambio climático, medio ambiente y biodiversidad’ y el reto estratégico ‘Transporte y movilidad sostenible’ del Plan de Acción de La Agenda Urbana de Torrejón de Ardoz, aprobada por Junta de Gobierno Local de 26 de septiembre de 2022.
«Torrejón espacio habitable y sostenible»
En la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado Torrejón de Ardoz 2014-2022 la Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz está plenamente alineada con el objetivo estratégico “Torrejón espacio habitable y sostenible” en los aspectos: Asumir la responsabilidad de la ciudad reduciendo las emisiones de CO2 – Sistema de movilidad sostenible, inclusivo y saludable.
«Se prohíbe la circulación dentro de la ZBE de Torrejón de Ardoz a los vehículos que no tengan distintivo ambiental o distintivo A según la clasificación ambiental de la Dirección General de Tráfico a partir de las 00:00 horas del 1 de enero de 2028», asegura Navarro.
A quién se le permite el acceso a la ZBE
Según explica el alcalde, se exceptúan de esta prohibición y se permite el acceso a la ZBE:
- Los vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por personas con movilidad reducida o para trasladar a personas PMR que exhiban reglamentariamente la respectiva TEPMR conforme a lo previsto en los artículos 7.1, 7.2, 9.1 a) y 9.1.B9 del Decreto 47/2015 de 7 de mayo de Consejo de Gobierno por el que se establece un modelo único de tarjeta de estacionamiento para las personas con discapacidad en la Comunidad de Madrid y se determinan las condiciones para su utilización.
- Los vehículos (motos, motocicletas, ciclomotores y turismos, familiares, SUV y todoterrenos y asimilados) de las personas empadronadas en Torrejón de Ardoz en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento, renting, leasing, retribución en especie o como vehículo de sustitución; así como los vehículos dados de alta en el IVTM de Torrejón de Ardoz.
- Los vehículos de las personas que sean propietarias o arrendatarias de una plaza de aparcamiento pública y/o privada ubicada en el ámbito de la ZBE, además de los que estacionen en un parking público dentro de la zona.
- Los vehículos de las personas que trabajen en el interior de la ZBE.
- Los vehículos de las empresas y autónomos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior de la ZBE y que se encuentren dados de alta en el padrón IVTM del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
- Los vehículos de los servicios públicos esenciales, incluyendo los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluyendo los de Bomberos, servicios de emergencia y grúa municipal, así como los que utilicen los profesionales sanitarios, farmacéuticos o reparto de medicamentos, así como los equipos de trasplantes. También los vehículos del cuerpo diplomático.
- Los vehículos de las Administraciones Públicas o sus contratistas que presten servicios públicos básicos y/o municipales.
- Los taxis y los vehículos turismo de arrendamiento con conductor (VTC).
- Los vehículos que accedan a los talleres de reparación de vehículos.
- Los vehículos necesarios para la realización de ocupaciones y actos en la vía pública.
- Los vehículos que utilicen los abogados del Servicio de Guardia del Turno de Oficio que proporcionen asistencia letrada al detenido y a las personas víctimas de delitos de violencia de género y de trata de personas.
- Los vehículos que accedan para dejar o recoger alumnos de educación infantil y primaria dentro de la ZBE.
- Los vehículos destinados al transporte público de viajeros.
- Los vehículos de transporte de fondos y caudales, blindados y análogos.
- Los vehículos de empresas de seguridad privada en el ejercicio de su trabajo de respuesta a alarmas y rondas de vigilancia
- Los vehículos de carga y descarga de MMA igual o superior a 3.500 kilogramos que deban entregar su mercancía a los establecimientos ubicados en la ZBE. Solo podrán hacerlo en horario de 07:00 a 9:00 horas.
- Los vehículos de Correos y comunicaciones postales y empresas análogas.
Donde están las ayudas para cambiar de vehículo…. Como me desplazo a mi trabajo, que en mi vehículo tardo 15 minutos, en transporte público 1 hora y media, tengo que levantarme a las 4 de la mañana cuando mi hora de entrada es a las 7..
Pueden confirmar cuando entra en vigor?