Desde el 1 de marzo de 2025, la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Torrejón de Ardoz está oficialmente en funcionamiento, cumpliendo con la normativa establecida para municipios de más de 50.000 habitantes, según la legislación vigente en España. Con la activación de los sistemas de control de acceso, los conductores que incumplan las restricciones podrán enfrentarse a multas que oscilan entre los 100 y los 500 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
El acceso a la ZBE está regulado en función de las etiquetas ambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT). Pueden circular libremente los vehículos con distintivos «0», «ECO», «C» y «B». En cambio, aquellos sin etiqueta o con etiqueta «A» tienen restringida la entrada, salvo casos excepcionales contemplados en la ordenanza municipal.
La zona restringida comprende el casco histórico de la ciudad, delimitado por la Avenida de las Fronteras, la Avenida Virgen de Loreto, la Avenida de la Constitución y la calle Madrid. El funcionamiento de la ZBE es continuo, estando operativa las 24 horas del día durante todo el año. No obstante, los vehículos de carga y descarga podrán acceder entre las 7:00 y las 9:00 horas con la autorización correspondiente.
Requisitos de acceso
Los residentes empadronados en Torrejón de Ardoz o aquellos cuyos vehículos estén registrados en el municipio podrán acceder sin necesidad de solicitar autorización, incluso si su coche no tiene etiqueta o cuenta con la de tipo «A».
Por otro lado, los trabajadores de establecimientos situados dentro de la ZBE que no residan en el municipio deberán gestionar una autorización específica a través del Ayuntamiento.
Los conductores no empadronados y cuyos vehículos carezcan de etiqueta o tengan la «A» podrán ingresar sin restricciones siempre que su destino sea un aparcamiento público.
Excepciones y casos especiales
Existen circunstancias bajo las cuales se permite el acceso con vehículos sin distintivo o con etiqueta «A». Estas incluyen la entrada a parkings privados, movilidad reducida, servicios públicos esenciales, colegios, emergencias y otras situaciones excepcionales, siempre con previa solicitud de autorización.
En caso de urgencias imprevistas, los conductores podrán justificar su acceso posteriormente con la documentación correspondiente. En estos casos, la infracción no será tramitada como sancionable.
Las infracciones a la normativa se clasifican en leves, graves y muy graves, con multas de 100 euros para las primeras, entre 101 y 200 euros para las segundas y hasta 500 euros para las más severas. La entrada de vehículos no autorizados sin la debida acreditación podría acarrear sanciones de hasta 200 euros.
