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FACUA denuncia al festival Brava Madrid por no permitir el acceso con comida y bebida del exterior

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz a la empresa Festival Brava Madrid AIE, promotora del festival Brava Madrid que se celebra los días 19 y 20 de septiembre en el recinto ferial de este municipio madrileño, por impedir el acceso al recinto con comidas y bebidas del exterior.

En la página web del evento, en el apartado de ‘Info importante’, señalan que «en el recinto de conciertos del festival no se puede introducir ni comida ni bebida. En diferentes espacios del recinto encontrarás puestos de comida y barras en los que podrás adquirir comida y bebida. Disponemos de una barra especializada que cuenta con cerveza sin gluten y sin alcohol».

La asociación advierte de que esta limitación no obedece a la necesidad de preservar la seguridad ni la higiene dentro del festival ni a ninguna otra causa objetiva, sino exclusivamente a motivaciones económicas y al afán de obtener mayores beneficios, forzando a los consumidores a adquirir bienes de consumo dentro del parque a precios notablemente superiores a los que podrían encontrar en el mercado, restringiendo su libertad de elección y causándoles un perjuicio económico.

En su denuncia, FACUA argumenta que la actividad principal de esta empresa es la práctica de actividades recreativas, en concreto la celebración de conciertos de música. Así, el servicio de restauración es una actividad complementaria, que no forma parte del precio de la entrada para el servicio contratado por los usuarios.

Por ello, la prohibición de acceder con comida y bebida del exterior, la práctica resulta ser la imposición indirecta de servicios accesorios no solicitados, además de una limitación de los derechos de los usuarios y un desequilibrio en las relaciones contractuales en detrimento del consumidor. Y es que comer y beber dentro del recinto sí está permitido, prohibiéndose únicamente si los alimentos no son adquiridos en el interior.

Qué dice la ley

El artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que «se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato».

La antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) -ahora, Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan)-, publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una «cláusula abusiva», ya que el consumidor «se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, con base en una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida».

Además, el artículo 50 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, califica como infracción «la realización de transacciones en las que se imponga injustificadamente al consumidor condiciones, recargos o cobros indebidos, prestaciones accesorias no solicitadas o cantidades mínimas así como la no aceptación de los medios de pago admitidos legalmente u ofertados».

FACUA llama a los afectados por esta cláusula abusiva a reclamar ante la promotora del festival Brava Madrid, y recuerda que pueden acudir a la asociación para defender los derechos que les asisten como consumidores.

Al mismo tiempo, la asociación insta a las autoridades de consumo locales y autonómicas a abrir expedientes sancionadores por las infracciones que puedan cometer, en línea con lo denunciado, para salvaguardar los derechos de los usuarios.


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